La Regla T.O.R. tras cuarenta años

 

Four Decades of T.O.R. Rule

 

Fr. Manuel Romero Jiménez

TOR

romeroq@hotmail.com

 

Resumen

La Regla T.O.R. (RegTOR) es el fundamento espiritual de cientos de congregaciones masculinas y femeninas franciscanas. Hace cuarenta años que se aprobó una reformulación de la misma y en este artículo se pretende poner en valor los fundamentos penitenciales que han perdurado y los que se obviaron en su reelaboración.

Palabras clave

Regla T.O.R., 40 años, penitencia, conversión

 

Abstract

The TOR Rule (RegTOR) is the spiritual foundation of hundreds of Franciscan Congregations for men and women. It has been 40 years since it was reformulated and this article aims to value the penitential foundations that have endured and those that were ignored in its re-elaboration.

Keywords

TOR rule, 40 years, penance, conversion

 

 

 

Introducción

El 8 de diciembre de 1982, con el Breve pontificio Franciscanum vitae propositum, de san Juan Pablo II, se aprobaba la renovación y adaptación de la Regla y Vida de la Tercera Orden Regular. Han pasado cuarenta años desde aquella revisión, muchos religiosos la han profesado y aún, creo, queda por hacer una buena recepción conjunta del documento. No obstante, es una ocasión para la celebración como nos han recordado los superiores mayores de los diversos institutos religiosos.[1]

 

«La forma de vida de los hermanos y las hermanas de la Tercera orden Regular de san Francisco consiste en observar el santo evangelio de nuestro Señor Jesucristo» (RegTor 1).

 

La Regla T.O.R. (RegTOR) es el fundamento espiritual de varias congregaciones masculinas y cientos de femeninas, amén de las franciscanas T.O.R. contemplativas. Una de las reglas más profesadas a lo largo de la historia y a lo ancho de la geografía, no por eso es más conocida o asumida. Aún hoy, dentro y fuera de las mismas congregaciones que la profesan, se diluye en una nebulosa «panfranciscana». Sospecho que este aniversario haya quedado sumido en el silencio como ha venido sucediendo época tras época por el desconocimiento del fenómeno penitencial originario.

Poner en valor este aniversario exige dar voz a los penitentes, beguinas, terciarios, isabeles o terceros, nombres «toponímicos» de la Tercera Orden –según la latitud– y llamar por su nombre «propio» a Isabel de Hungría, Ramon Llull, Ángela de Foligno, Ángela de Montegiove o la santa Juana. Penitentes o terciarios que han encarnado una vida penitencial rica y variopinta.[2]

Quisiera, con este artículo, mostrar la evolución sencilla del fenómeno terciario regular y los rasgos de la tradición penitencial que se quedaron en el camino.[3]

 

El fenómeno penitencial

La reforma medieval[4] mantuvo a los laicos cristianos como «usuarios» de los servicios religiosos.[5] Su participación en la Eucaristía o en la celebración del sacramento de la Penitencia se hizo cada vez más infrecuente, lo que derivó en expresiones de piedad popular compartidas con los movimientos pauperísticos que denunciaban a la Iglesia institucional.[6]

Muchos grupos seglares de las ciudades, fundándose en la práctica penitencial «tarifada» del siglo vii, se acogían a ayunos, penitencias y ascesis y, pasaban a engrosar las filas del Ordo Poenitentium que, desde los inicios del siglo xii, los organizaba en fraternidades.[7]

Este movimiento se componía de cristianos que, por perfección, vivían voluntariamente como los penitentes canónicos de los primeros siglos. Unos se retiraban a orar como ermitaños, otros vivían junto a los monasterios imitando la vida monacal, aunque también los había que practicaban las obras de misericordia en hospitales, leproserías y hospicios. Tampoco faltaban varones y mujeres que vivían en sus propias casas con unos compromisos particulares.[8] Todos ellos acostumbraban a cambiar de nombre y se denominaban a sí mismos conversos, continentes o vírgenes. Vivían en conexión con los penitentes de su zona y, a partir del siglo xiii, comenzó un trasvase a las nuevas órdenes mendicantes.

 

Francisco y la Orden penitencial

Francisco, en su Testamento, reconoce su cambio de vida al estilo de los penitentes voluntarios: «El Señor me dio de esta manera a mí, hermano Francisco, el comenzar a hacer penitencia: porque, como estaba en pecados, me parecía extremadamente amargo ver a los leprosos» (Testamento 1).

En los Escritos que tenemos de Francisco, manifiesta su cambio interior mediante las costumbres de los conversos: peregrinar a Roma (él va en el año 1206)[9], vender sus pertenencias para darlas a los pobres (en Foligno vende las telas del comercio de su padre) y hacer ofrendas a alguna ermita (da una cantidad de dinero al sacerdote de una iglesita que había cerca de Asís y le solicita ser acogido en calidad de «converso»)[10]. Rasgos que lo dibujan como un penitente y cuyo trazo fundamental se aprecia en su acogida por el obispo Guido II ante la denuncia de su padre Pedro Bernardone: como prescribía el «Ordo poenitentium» hace un gesto de corte radical con su vida anterior devolviendo sus ropas. Por eso la denuncia no la tramita el ordenamiento civil –el Comune– sino el Obispado.[11]

Así comienza una nueva vida con la misión de predicar la penitencia.[12] Su modo y manera de mostrarse atrae a los primeros compañeros[13] que, desde entonces, se denominarán «penitentes de Asís»[14]. Una salvaguarda frente a los movimientos heréticos cátaros con los que podían ser confundidos. De ese modo permanecen hasta que en 1210, Inocencio III les concede la tonsura y el encargo de predicar.[15]

 

Francisco, el penitente

En las Biografías franciscanas es frecuente encontrar testimonios de sacerdotes, laicos o vírgenes que llevan una vida espiritual dedicada a las obras de misericordia. A ellos parecen dirigirse las dos redacciones de la Carta a todos los Fieles de Francisco[16] y los sustenta el Memoriale Propositi o reglamento primero, dado por Honorio III en 1221.

La cuestión de fondo, que siempre aparece al llegar a este punto, es si el santo impulsa este movimiento –al que él mismo se acogió en sus comienzos–, y qué grado de relación mantendrá con ellos cuando viva dentro de la nueva Orden mendicante de los «hermanos menores». Poseemos los testimonios de las Biografías –textos posteriores y externos– en las que hay cientos de referencias a esa relación familiar de Francisco con los penitentes.[17]

Tras la revisión postconciliar de la Regla de vida de la T.O.R. (1974-1982) y los estudios históricos se ha llegado a un consenso: «La Tercera Orden Regular de San Francisco es una fraternidad evangélica, que tiene su origen histórico y espiritual en la orden eclesial de la penitencia, en los movimientos penitenciales y en San Francisco de Asís» (RegTOR 1). Reconociendo así a la Tercera Orden Franciscana como una parte de la gran Orden de Penitencia.[18]

La Regla y Vida

La Regla es la constitución fundamental de un grupo cristiano en la Iglesia. Viene del latín «regula» (listón de madera) y se usa figurativamente con el significado de norma o pauta de actuación. Refleja el carisma que el Espíritu Santo reveló al fundador de una Orden[19] y que se mantiene vigente a lo largo del tiempo.[20] Este es el sentido que recogen las primeras reglas monásticas cuyo fundamento es el Evangelio.[21] De ahí que toda «Regla» suponga la encarnación de la espiritualidad de Jesús en la vida del cristiano.

Francisco consideró la «Regla y Vida» como una revelación del Señor desde los comienzos. Escribe una Regla[22] que revisó en tres momentos: la original (presentada a Inocencio III en 1210 y de la que no hay constancia escrita), la que escribe en 1221 (que no es aprobada) y la posterior de 1223.[23] Esta última es la Regla de los hermanos menores que en 2023 celebra su VIIIº centenario.

¿Y la Regla de los Penitentes? La Carta a todos los Fieles, en sus dos redacciones, está fundada en el santo Evangelio de la misma manera en como lo hace la Regla de los hermanos menores:

 

«Yo, el hermano Francisco, vuestro menor siervo, os ruego y suplico, en la caridad que es Dios y con el deseo de besaros los pies, que os sintáis obligados a acoger, poner por obra y guardar con humildad y amor estas palabras y las demás de nuestro Señor Jesucristo» (2CtaF 87). «Esta es la vida del Evangelio de Jesucristo, cuya concesión y confirmación pidió el hermano Francisco al señor Papa» (Regla «no Bulada», 2).

La comparación nos lleva a considerar la autenticidad de ambos escritos contemporáneos (1221), tanto en la firma, la redacción personalizada y la frescura de su estilo.

La segunda redacción de la Carta a todos los Fieles (2CtaF) está dirigida a los penitentes cristianos a los que ha predicado la 1CtaF. El incremento de estos y la necesidad de una regulación –para evitar la confusión de herejía–, llevan al cardenal Hugolino a normatizar la 2CtaF en el Memoriale Propositi.[24] De ahí que ambos escritos, del mismo 1221, posean el mismo espíritu penitencial: la 2CtaF con una expresión espiritual y el «Memoriale» con un lenguaje jurídico.[25]

 

La Regla de los hermanos y hermanas de la Penitencia

Tras el Memoriale Propositi y una vez ya sin Francisco, el papa Nicolás IV aprueba en 1289, la Regla y Forma de Vida de los Hermanos y Hermanas de la Orden de la Penitencia, por medio de la bula «Supra Montem». Con este documento la Orden de la Penitencia se consolida como una orden franciscana estable.[26] Y será en 1443 cuando la Orden se constituya como Congregación General de carácter Regular con Eugenio IV.

Entre esa Regla y la actual hay un sinfín de supresiones, reinterpretaciones y sometimientos de la Orden de Penitencia a la Observancia franciscana. Valgan los apuntes de este recorrido: en 1521, por insistencia de los hermanos Menores Observantes, León X aprueba una Regla que somete a la Orden de Penitencia a la Primera Orden Franciscana.[27] Posteriormente, Pío V, en 1568, deja a la Orden sin su visitador general y relega a las fraternidades al ostracismo. No obstante, por la cantidad de fraternidades penitentes y la fuerza popular, Sixto V, en 1586, se sentirá obligado a autorizarlas a celebrar un nuevo Capítulo general.

El caso español es peculiar. Se tienen noticias de la Orden de Penitencia en el camino de Santiago desde 1233 y por la Vía de la Plata.[28] Su carácter popular y hábito gris[29] los lleva a ser conocidos como “terceros” –a los varones– e «isabeles» –a las mujeres–. La Regla que profesan, y que les permite tener cierta independencia económica, les granjea enemistades de parte de la observancia eclesial y suscita la avaricia en los grupos de poder. Pensemos que la Orden de Penitencia fue depositaria, en muchos casos, de lo donado a los franciscanos.[30]

Las peculiaridades de la política española propician que la Orden Regular de Penitencia de san Francisco haya sufrido hasta cinco supresiones. La más conocida, por ser general, la desamortización de Mendizábal que la suprime de la península ibérica, hasta que en 1877, la Provincia española de la Inmaculada es restaurada por Mallorca.[31]

 

La actual RegTOR

La Regla actual es fruto de la adaptación que exigió el Concilio Vaticano II. Está compuesta con retazos de los capítulos 21 al 23 de la Regla “no bulada” de los Hermanos Menores y sus correspondencias con el texto de la 2CtaF[32] a la vez que varias tradiciones penitenciales.

Sin embargo, el punto de llegada difiere de las intenciones originales. A la hora de revisar la Regla Original no se accedió a las fuentes de la espiritualidad de la Tercera Orden ni se reparó en el Memoriale Propositi (protorregla), ni en el texto explícito de la 2CtaF.

Fueron necesarios cuatro proyectos de estudio,[33] tres asambleas internacionales, dos proyectos de Regla y veinte años para que las quinientas congregaciones femeninas y veinte masculinas y la Tercera Orden Regular aprobaran el texto definitivo en 1982.[34] En todo este proceso y por insistencia de la Tercera Orden Regular de San Francisco (Franciscanos TOR), se consiguió recuperar la veta penitencial que Francisco había vivido y comunicado a las fraternidades de penitentes.[35]

 

Las conexiones entre la Carta a los Fieles y la Regla actual[36]

La RegTOR actual viene precedida por un fragmento de la 1CtaF. Su situación en la misma es poco menos que un milagro, ya que hasta unos días antes a su aprobación se había obviado su importancia espiritual en los grupos de estudio.[37]

 

«Todos aquellos que aman al Señor con todo el corazón, con toda el alma y la mente, con todas las fuerzas, y aman a sus prójimos como a sí mismos, y aborrecen sus cuerpos con sus vicios y pecados, y reciben el cuerpo y la sangre de nuestro Señor Jesucristo, y hacen frutos dignos de penitencia: ¡Oh, cuán dichosos y benditos son aquellos y aquellas que hacen tales cosas y perseveran en ellas! Porque se posará sobre ellos el espíritu del Señor y hará en ellos habitáculo y mansión; y son hijos del Padre celestial, cuyas obras realizan; y son esposos, hermanos y madres de nuestro Señor Jesucristo» (1CtaF 1-7).

 

Hay dos redacciones de la misma Carta, cada una depende de un momento y contexto histórico distinto: 1CtaF (1215) y 2CtaF (1221). Cada una posee unas disposiciones espirituales distintas y determina el contenido posterior. La redacción que se anexó pertenece a la 1CtaF (1CtaF 1,1-1,19), carta que se escribió en latín por el éxito que tuvo en la predicación de Francisco y sus compañeros para invitar a la conversión. Es un esquema de predicación muy simple y voluntarista que prima el deseo humano de cambio. Obedece, por su momento, a la sensibilidad laical contenida en cátaros y valdenses. De ahí que esa edición destaque la iniciativa de la persona frente a: «Todos los que aman al Señor con todo el corazón, con toda el alma y con toda la mente, con todas las fuerzas, y aman a sus prójimos como a sí mismos» (1CtaF 1,1).

Así pues, la 1CtaF situada al principio de la Regla, sin una referencia a la misericordia de Dios, da a la vida en penitencia un carácter de disciplina corporal: una lucha inicial con el pecado y sus manifestaciones para llegar a la purgación y limpieza del fiel. Y deja en la Regla un regusto voluntarista del que siempre quiso huir Francisco.

En el desarrollo textual de las dos Cartas, comprobamos que en la 2CtaF se destaca la iniciativa de Dios que envía a «... su bendito y glorioso Hijo, a quien nos dio para nosotros y que nació por nuestro bien, se ofreciese a sí mismo como sacrificio y hostia, por medio de su propia sangre, en el altar de la cruz; no para sí mismo, por quien todo fue hecho, sino por nuestros pecados» (v.11-12). Esta redacción refleja la dinámica que tiene toda «experiencia de Dios»: cuando Dios deja huella en el fiel es posible que éste le responda reconociéndolo como su Creador y Salvador: «Y a nadie de nosotros quepa la menor duda de que ninguno puede ser salvado sino por las santas palabras y la sangre de nuestro Señor Jesucristo...» (v.34).

En la experiencia atesorada por Francisco –en esos seis años que van de una redacción a otra–, sabe que el Amor de Dios es el que configura nuestro amar y el que le saca de los inicios voluntaristas y heréticos: «En esto consiste el amor: no en que nosotros hayamos amado a Dios, sino en que él nos amó y nos envió a su Hijo como propiciación por nuestros pecados» (1Juan 4, 10).

 

Los contenidos comunes

En la RegTOR se mantienen algunos rasgos de la tradición penitencial:

a) La espiritualidad penitencial. Posee la idea bíblica de la «conversión» según la cual «convertirse» es volverse hacia Dios y «hacer penitencia» la manifestación externa del cambio real, que lleva a la persona de una existencia instintiva, centrada sobre el propio yo, a una vida abandonada a la voluntad de Dios: «... dejándose guiar por el Señor, inicien la vida en penitencia, sabiendo que todos hemos de estar en disposición de conversión permanente» (Regla Tor,6).

Queda poco justificada la «inhabitación» del Espíritu propiciada por el fiel y no como consecuencia de la gracia de Dios: «Preparen siempre en sí mismos habitación y morada a ese mismo Dios omnipotente Padre, Hijo y Espíritu Santo» (Regla Tor,8). Bien es cierto que después se añaden dos disposiciones que la acercan, por casualidad, a la dinámica de la 2CtaF:

1.      La apertura del amor humano al Amor de Dios por medio de la relación personal: «Y adórenle con corazón puro, porque es necesario orar de continuo y sin desfallecer; ya que, tales adoradores busca el Padre» (Regla Tor,9) [38]. Y a la vez sacramental: «participen del sacrificio de nuestro Señor Jesucristo y reciban su cuerpo y su sangre» (Regla Tor,12)[39].

2.      Lo que lleva a amar al prójimo por medio de los frutos de penitencia: «Y hagan frutos dignos de penitencia. Deben, además, ayunar; y esfuércense por ser siempre sencillos y humildes» (Regla Tor,13)[40].

 

b) Su franciscanismo. La humildad y la pobreza, como binomio, aparecen así en la 2CtaF por ser el modo en que el Hijo de Dios descendió a nuestra carne y a la cruz: «Esfuércense todos los hermanos y las hermanas por seguir la humildad y pobreza de nuestro Señor Jesucristo, quien, siendo rico, quiso por encima de todo elegir la pobreza de este mundo, juntamente con la beatísima Virgen, su madre, y se anonadó a sí mismo» (Regla Tor, 21)[41]. Una descripción del modo de vida que eligen los penitentes y que va más allá de una pobreza literal o sociológica. Con ello, la Regla supera los angostos límites del ideal ascético de desapropiación y la resitúa:

1.      Como la convicción de que solo Dios es el sumo Bien «...y reconozcan que todos los bienes son del Señor» (Regla Tor,31)[42].

2.      Y que la donación de uno mismo es a ejemplo de Cristo:[43] «Los hermanos y las hermanas, a ejemplo del Señor Jesucristo, que puso su voluntad en la voluntad del Padre, tengan presente que han renunciado por Dios a su propia voluntad» (Regla Tor,25).

 

c) La fraternidad es la dimensión central de la vida franciscana que se funda en la convicción de que todo lo creado es obra de un mismo Padre (RegTor,19). Sin embargo, la RegTOR olvida que el fundamento de las relaciones humanas está en la vida de familia de la Trinidad, que nos hace hijos del Padre, esposos del Espíritu Santo y hermanos y madres de nuestro Señor Jesucristo (Cf. 2CtaF 49-50).

 

Pervivencia del carisma

La viveza de un carisma viene propiciada por la acción del Espíritu Santo en la Iglesia. Su permanencia se encarna en personas concretas y en situaciones históricas cuyo referente sirve para la posteridad. La Orden de Penitencia de san Francisco sigue existiendo –con un estatuto propio–, en infinidad de instituciones religiosas y seglares, lo que da cuenta de la vitalidad de un estilo.

La descripción hecha en este artículo quiere ser un alegato a la diversidad y la originalidad de un movimiento en el que se gestó la experiencia religiosa del joven Francisco de Asís. Los esfuerzos eclesiales por organizar, regularizar y uniformizar este fenómeno solo han servido para ocultar los orígenes penitenciales pero no para borrar su memoria.

Aún hoy se desconoce en su totalidad, en el caso de España, los esfuerzos y modos de la observancia franciscana por acallar a «terceros e isabeles». No quedan muchos documentos y menos fuentes ya que se quemaron o se hicieron desaparecer, creyendo que así se acabaría con penitentes, beguinas o terciarios.

Al final es Dios quien sabe el cómo y el porqué de la permanencia de los carismas como apostilla Francisco en el escrito espiritual fundante de los penitentes franciscanos:

 

«Y la voluntad de su Padre fue que su bendito y glorioso Hijo, a quien nos dio para nosotros y que nació por nuestro bien, se ofreciese a sí mismo como sacrificio y hostia, por medio de su propia sangre, en el altar de la cruz; no para sí mismo, por quien todo fue hecho, sino por nuestros pecados, dejándonos ejemplo para que sigamos sus huellas» (2CtaF 11-13).

 

Conclusiones

La Regla concluye con la bendición del hermano Francisco y su autógrafo como ocurre en la 2CtaF:

 

«Y yo, el hermano Francisco, el pequeñuelo, siervo vuestro, os confirmo, en cuanto está de mi parte, por dentro y por fuera, esta santísima bendición” (Regla Tor,32). Yo, el hermano Francisco, vuestro menor siervo... a todos aquellos y aquellas que las acojan benignamente, las entiendan y las envíen a otros para ejemplo, si perseveran en ellas hasta el fin, bendígales el Padre, y el Hijo, y el Espíritu Santo. Amén» (v.87-88).

 

Esta visión de conjunto nos lleva a afirmar que la 2CtaF y la RegTOR se comprenden dentro de la misma corriente espiritual: la 2CtaFF como la encarnación de la Penitencia evangélica en la vida de Francisco y la RegTOR como la encarnación actual de Jesucristo en los hermanos y hermanas de la Penitencia.



[1] Carta del ministro General Fr. Amando Trujillo Cano TOR: 40 AÑOS DE LA REGLA TOR: ¡CELEBRANDO NUESTRA VOCACIÓN Y NUESTRA MISIÓN EN EL MUNDO! PROT. Nº 34/2022. Roma, 22 de diciembre de 2022.

[2] Baste leer el libro reciente de NONTOL, L. La visión de ningún lugar de Ángela de Foligno, Universidad Pontificia de Salamanca, 2022.

[3] Sin entrar en la OFS (Tercera Orden Seglar) que unos años antes, renovó la Regla saliendo de la tradición común con la T.O.R. Con el Breve Apostólico «Seraphicus Patriarcha», el 24 de junio de 1978, se renovó la Regla de la Orden Franciscana Seglar que sustituyó a la precedente del papa León XIII.

[4] La reforma gregoriana constituye para la Iglesia un cambio decisivo que propugna una Iglesia pobre y libre frente a los señores feudales. ÁLVAREZ, J., Vida religiosa y cultural en el Medioevo, CONFER, 1983, pp. 21-39.

[5] Son el pueblo de Dios a quien se permite el uso de los bienes temporales para hacer limosnas y pagar diezmos. Según el Decreto de Graciano si hacen el bien y evitan el mal se pueden salvar (Decretum, p.2.c.XII,q.1,c.7.).

[6] Entre el vulgo creció la afición a las devociones y la tendencia a “cosificar” los misterios de la fe, bien por la repetición de acciones estereotipadas, bien por la búsqueda y veneración de los objetos sagrados a modo de talismanes (reliquias).

[7] Constaba de tres momentos: la entrada en el «Ordo» en una celebración pública, un tiempo de expiación que solía durar dos años y la reconciliación final con el obispo.

[8] SASTRE, N., Resumen histórico de la T.O.R., Palma de Mallorca,1998.

[9] Cf., 2Cel 8.

[10] Cf., 1Cel 9.

[11] Cf., 1Cel 15.

[12] Cf., 1 Cel 21.

[13] Cf., TC 29.

[14] Cf., TC 37.

[15] Estos gestos denotan el paso del estado laical de la Orden de Penitencia eclesial al estado clerical como hermanos Menores. Hay que pensar que los clérigos, en aquel tiempo, son todos los que ejercen un cargo eclesiástico y no s0lo los ordenados sacramentalmente.

[16] «Corrían a él hombres y mujeres; los clérigos y los religiosos acudían presurosos para ver y oír al santo de Dios, que a todos parecía hombre del otro mundo. Gentes de toda edad y sexo dábanse prisa para contemplar las maravillas que el Señor renovaba en el mundo por medio de su siervo» (1Celano, 36). SCHMUCKI, O., «La Orden franciscana de la Penitencia a la luz de las Fuentes Biográficas del s. xiii», SelFranc, 68 (1994), pp. 227-257.

[17] En los escritos de Francisco: 1CtaF (1215), 2CtaF (1221) y Test 1 (1226). Entre las biografías destacan: 1 Cel 36-37 (1228-29); 3 Cel 37-39.181 (1229); apéndice segundo a la biografía de Francisco de Enrique de Avranches (1232-34), en la biografía del papa Gregorio IX (1240), Anónimo de Perusa 41, Leyenda Mayor 4,6 y Menor 1,9 (1260-63), Leyenda monacensis (1275), Leyenda de los Tres Compañeros 37.60 (1290-1310), Leyenda de Perusa 74 i (1290-1300), las Florecillas 16 (1380). Entre los textos legislativos: Memoriale Propositi de Gregorio IX (1221), las tres cartas a los arzobispos españoles (1233) y el libro de la Inquisición (años 1239 al 1269). Entre los textos litúrgicos: Oficio de Laudes de Julián de Spira (1231-32), el martirologio franciscano en el que se reconocen como santos a san Antonio de Padua, san Francisco de Asís y santa Isabel de Hungría de la Orden de la Penitencia (1255) y el Liber de laudibus beati Francisci (1280-85). IZQUIERDO, C., Fuentes históricas de los hermanos y hermanas de la penitencia de san Francisco de Asís (apuntes), Palma de Mallorca, 1997.

[18] LUCONI, R., Il terzo Ordine Regolare di S. Francesco, Macerata, 1935. PAZZELLI, R., Il Terz’Ordine Regolare di S.Francesco attraverso i secoli, Roma, 1958. A mediados del siglo xix, los estudios de P. Meersseman han hecho reflexionar sobre la posibilidad, o no, de que Francisco fundara la Tercera Orden. Hoy día comprendemos que el término «fundar» nada tiene que ver con la intención de Francisco con respecto de las fraternidades de penitentes. J. Lortz afirma que Francisco llegó a ser fundador casi contra su voluntad: «Y después que el Señor me dio hermanos, nadie me enseñaba qué debería hacer, sino que el Altísimo mismo me reveló que debería vivir según la forma del santo Evangelio» (Test14). En este sentido, no es necesario que Francisco fundara la Orden a la manera en cómo se realizan hoy los actos de erección en el Código de Derecho. LORTZ, L., El santo incomparable, Madrid, 1964, p. 56. De la misma forma en que no se puede hablar de fundación de la Iglesia postpascual de manos del mismo Jesús de Nazaret.

[19] El carisma es el don concedido por Dios a un creyente o comunidad para desempeñar una misión o un ministerio en la Iglesia (1 Cor 12, 7; Ef 4, 12), y que suele coincidir con su vocación más íntima. El Espíritu Santo salvaguarda el carisma de la Orden personalizándolo en cristianos a lo largo del tiempo.

[20] Las «constituciones» son normas de convivencia, iluminadas con partes doctrinales, necesarias para la marcha del grupo.

[21] Las cuatro Reglas principales que se reconocen en el IV de Letrán son: la regla de san Basilio, la de san Agustín, la de san Benito y la de Francisco de Asís. HERRANZ, J., ¡En el nombre del Señor!, Oñati, 1994, pp. 69-78.

[22] «Y yo hice que se escribiera en pocas palabras y sencillamente, y el señor Papa me lo confirmó» (Test 15).

[23] En 1209-1210 la presentaba a Inocencio III. Fue la que siempre tuvo en su cabeza como forma de vida. Era la primera Regla de los hermanos menores. Fruto de las experiencias y adaptaciones nace el texto redactado en el año 1221, denominado Regla «no bulada». Francisco y los ministros escriben la tercera redacción de la Regla que fue confirmada por Honorio III el 19 de noviembre de 1223.

[24] El documento que se conserva es de 1228 (descubierto por Paul Sabatier en 1901) y tiene como título: «Documento del propósito de vida de los hermanos y hermanas de la Penitencia, permaneciendo en las propias casas, iniciado en 1221».

[25] TEMPERINI, L., «La Regla de la Tercera Orden Regular de san Francisco desde los orígenes hasta nuestros días», Analecta TOR, 123 (1974), pp. 84-87.

[26] A partir de entonces surgen problemas de relación con la primera Orden que considera que Francisco no quiso de los penitentes una vida regulada con votos. Para salir al paso de esta problemática se aprueba la carta «Altissimo in divinis» de Juan XXII, en 1323, para dar validez a sus votos solemnes. En 1447, el Papa Nicolás V autoriza a los penitentes Terciarios a elegir un visitador general propio, y en 1448 encontramos al primer general de una Orden confederada: Fr. Bartolomé Bonamati de Perusa. En ese año, se reconoce a la T.O.R. como una organización de carácter federal tanto para varones como para mujeres cuyo único nexo de unión es el ministro general con su gobierno.

[27] La T.O.R. de España no acepta la Regla impuesta de León X y obtiene una propia de Pablo III, en 1547.

[28] Gregorio IX envía dos cartas a los arzobispos españoles y una al arzobispo de Tarragona. En ellas ordena que cuiden espiritualmente a los Hermanos y Hermanas de Penitencia y los defiendan de los posibles abusos. GRAÑA CID, M., «Las Órdenes mendicantes en el obispado de Mondoñedo», Estudios Mindoniensis, 6 (1990), pp. 13-464.

[29] La denominación de «terceros» hace clara alusión a su relación con la Tercera Orden, mientras que el de «isabeles» hace honor a la patrona de la Tercera Orden: Santa Isabel de Hungría.

[30] Pensemos que el centro de la ciudad de Asís pertenece a la T.O.R. de san Francisco de Asís.

[31] La realiza Fr. Antonio Ripoll, en 1877, en el convento de Llucmajor, Mallorca.

[32] Exponemos los capítulos de la Regla y sus referencias a la 1CtaF, 2CtaF y regla “no bulada”: Cap.1º: 2CtaF 36-39.40; RnB 23, 4-7. Cap. 2º: 2CtaF 48-53; RnB 22,23. Cap. 3º: 2CtaF 3. 11-14. 25.45; RnB 22, 29-30; 23, 1.8.9. Cap. 4º: RnB 22,9. Cap. 5: 2CtaF 47. Cap. 6º: 2CtaF 5. Cap. 8º: 2CtaF 10.40-42. Cap. 9º: 1 CtaF 1; 2CtaF 18-19.26.45.47. Exhortación: 2CtaF 32.87.88.

[33] Los cuatro proyectos fueron: 1) El proyecto francés que se fundaba en la Regla «no bulada» de los Hermanos Menores. 2) El proyecto de Bruselas que ahondaba en el origen de la Orden y en la kénosis de Cristo. 3) El proyecto alemán que acentuaba el Misterio de la Encarnación. Y 4) El proyecto de Madrid que retomaba la tradición penitencial de la T.O.R. Fue el que introdujo a las órdenes y congregaciones masculinas hasta entonces excluidas. IZQUIERDO, op. cit.

[34] En la Asamblea General de 1982 se aprobó el «proyecto de Bruselas», con algunas modificaciones, con 188 votos a favor de los 260 ministros y ministras generales. IZQUIERDO, op. cit., nota anterior, 1452.

[35] PYFFESEN, I. y VAN ASSELDONK, O., «María Santísima y el Espíritu Santo en san Francisco de Asís», SelFranc, XVI (1987), p. 206.

[36] «Franciscanum vitae propositum» es el nombre del Breve apostólico del 8 de diciembre de 1982 de Juan Pablo II, con el que se abre la Regla y Vida de los hermanos y hermanas de la Tercera Orden Regular de san Francisco. AIZPURÚA, F., Aceptación de esta vida, Oñati, 1994, pp. 111-119.

[37] La introducción de la 1CtaF en el comienzo de la Regla es una propuesta de la Tercera Orden Regular de Penitencia de san Francisco al «proyecto francés» que ignoraba la espiritualidad penitencial. La T.O.R. masculina estuvo presente en la 2ª Asamblea de Asís, de 1979, e intervino ante la Sagrada Congregación de Religiosos presentando al Cardenal Prefecto de la misma, Cardenal Eduardo Pironio, sus propuestas, argumentos y sugerencias a fin de que no se aprobara tal proyecto. De hecho, las responsables de este proyecto habían invitado al Cardenal a que presidiera la profesión de las Superioras Generales franciscanas. Así quedaría aprobada dicha «regla franciscana» por aclamación y bendición del Prefecto. Pero al Cardenal le fue imposible asistir. Así pudieron continuar los trabajos y llegar a la Asamblea General de Roma de 1982. IZQUIERDO, op. cit., p. 1443.

[38] Cf., 2CtaF 21.

[39] Cf., 2CtaF 22.

[40] Cf., 2CtaF 25-32.

[41] Cf., Flp 2, 6-9 y a 2CtaF 4-5.

[42] Cf., 2CtaF 62.

[43] Cf., 2CtaF 10.